El Tribunal Supremo rechaza la casación de Santi Mina
Santi Mina, el delantero vigués, compareció en el banquillo de la Audiencia Provincial de Almería mientras la Sala de lo Penal desestimaba los 29 motivos de casación y confirmaba la indemnización de 25.000 euros a la víctima. El Tribunal Supremo rechazó el recurso de casación que el futbolista había presentado contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El Tribunal Supremo desestimó los 29 motivos de casación presentados por el delantero vigués y mantuvo la indemnización de 25.000 euros por daño moral a la víctima. Asimismo, el tribunal confirmó que Santi Mina ha agotado la vía ordinaria.
Rechazo de la casación y condena firme
El alto tribunal rechazó el recurso de casación que Mina había interpuesto contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ya había ratificado la pena de cuatro años de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Almería por delito de abuso sexual. La condena es firme y conlleva su ingreso inmediato en prisión.
Implicaciones para el Celta y el contrato
Los magistrados determinaron que el jugador aprovechó la proximidad y la situación de la víctima para cometer dos actos sexuales sin su consentimiento en una furgoneta aparcada junto a una discoteca de Mojácar, en 2017, y que solo cesó cuando ella le pidió que parara. Señalaron que el cese al pedido de la víctima no prueba consentimiento previo ni que Mina creyera que lo había.
En cuanto a la indemnización, el Supremo respaldó la rebaja acordada por el TSJA, fijando el daño moral en 25.000 euros, la mitad de los 50.000 euros establecidos en la sentencia de primera instancia. Esta cifra cubre la reparación económica a la víctima por el perjuicio sufrido.
La resolución también confirmó la absolución de David Goldar, amigo de Mina y también futbolista, que estaba con él aquella noche en Mojácar. La Audiencia ya lo eximió de cualquier responsabilidad penal y ninguna instancia posterior ha modificado ese pronunciamiento.
Mina militaba en el Valencia cuando ocurrieron los hechos. Tras la primera condena, el Celta lo apartó del grupo y gestionó una salida que culminó en el Al-Shabab de Arabia Saudí, operación considerada como su salida definitiva del club. Después de que el TSJA ratificara la pena, el Celta rescindió unilateralmente su contrato, vigente hasta 2024, alegando que nadie está por encima de sus valores.
El cierre del proceso judicial pone fin a un caso que había ocupado la prensa deportiva durante años, recordando la responsabilidad de los clubes ante conductas delictivas de sus jugadores. La firmeza de la sentencia refuerza el mensaje de que el derecho penal no escapa al ámbito del fútbol.